Función Pública
- Actuaciones relacionadas con el COVID-19
- Acuerdos suscritos con las Organizaciones Sindicales
- Mesas de negociación
- Diálogo Social-UE
- Convenio Único Personal Laboral
- Prevención de riesgos laborales
- Conciliación
- Igualdad de Género
- Violencia de género
- Actuaciones frente al acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo
- Responsabilidad social en la Administración General del Estado
- Jornada y horarios
- Seguimiento huelgas
- Elecciones sindicales 2019
Secretaría de Estado de Función Pública
El Real Decreto 507/2021, de 10 de julio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Hacienda y Función Pública al que corresponden, además de las competencias en materia de hacienda pública y de presupuestos y gastos, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de administración pública, función pública y gobernanza pública.
Asimismo, se crea la Secretaría de Estado de Función Pública, órgano al que corresponden las funciones enumeradas en el artículo 14 del Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Mediante el Real Decreto 665/2021, de 27 de julio, se nombra Secretaria de Estado de Función Pública a doña Lidia Sánchez Milán.
El director del Gabinete es Javier Rueda Vázquez.
Estructura
De la Secretaría de Estado de Función Pública dependen los siguientes órganos directivos:
- Dirección General de la Función Pública . María Isabel Borrell Roncalés
- Dirección General de Gobernanza Pública. Clara Mapelli Marchena
- Oficina de Conflictos de Intereses. Flor María López Laguna
También dependen de la Secretaría de Estado de Función Pública los siguientes órganos con rango de subdirección general:
- División de Tecnologías de la Información
- Instituto para la Evaluación de Políticas Públicas
Actualidad
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Protección de Datos
La información de los Registros de Actividades de Tratamiento (RAT) de la Secretaría de Estado de Función Pública, que contiene los datos personales de los interesados, quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento del Ministerio de Hacienda y Función Pública.